Preguntas frecuentes
- ¿Quiénes pueden ser beneficiarios de las ayudas?
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Podrán solicitar y, en su caso, obtener la condición de beneficiario las personas jurídicas que ostenten la condición de operador debidamente habilitado.
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¿Qué se entiende por operador habilitado?
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El operador habilitado es aquel que cumple los requisitos exigidos en el artículo 6 de la Ley 9/2014, de 9 de mayo y aparece inscrito en el registro de operadores al que se refiere el 7 de la misma ley. Dicho registro tiene carácter público y contiene los datos de las personas físicas o jurídicas que hayan notificado su intención de explotar redes o prestar servicios de comunicaciones electrónicas, así como las condiciones para desarrollar la actividad y sus modificaciones.
Puede consultar en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- ¿Cuál es la unidad mínima de planificación y ejecución de un proyecto?
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El proyecto se diseñará atendiendo al ámbito de concurrencia definido en la convocatoria (ver el apartado Descripción general - características de los proyectos).
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¿Qué gastos se consideran financiables?
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Se consideran financiables los siguientes conceptos asociados al proyecto:
- Infraestructura y obra civil.
- Equipamiento y otros materiales.
- Gastos de personal.
- Otros costes generales o indirectos imputables al proyecto.
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¿De cuantas fases consta el proceso de concesión de las ayudas?
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El procedimiento de concesión de ayudas constará de una primera fase, denominada fase de pre-evaluación, que determinará los solicitantes admitidos a participar en el proceso competitivo. En esta primera fase se presentara la ifnraestructura existente que podria utilizarse por otros solicitatnes en su proyecto tras los acuerdos pertinentes.
En una segunda fase, denominada fase de evaluación, los solicitantes admitidos presentarán el proyecto correspondiente por zona de concurrencia conforme a la memoria cuyo contenido mínimo se especifica en la convocatoria.
- ¿Cómo se mide el objetivo de cobertura en una zona de concurrencia?
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Para cada zona de concurrencia el objetivo de cobertura que se pretende conseguir se cuantificará en base a los kilometros de carretera y la poblacion cubierta, de modo que en cada Comunidad Autónoma o ciudad autonoma se alcance, como mínimo, el 10% de la población estimada y el 10% de los kilómetros de carreteras incluidos en las zonas elegibles de esa zona de concurrencia.
- ¿Qué lugares pueden ser objeto de ayudas?
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En el apartado “Zonas elegibles” del Portal de ayudas se puede acceder a los ficheros donde se definen las zonas elegibles en cada zona de concurrencia definida para la convocatoria.
- ¿Cómo se debe formalizar una solicitud de ayuda?
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La solicitud debe ser firmada electrónicamente utilizando alguno de estos medios electrónicos: DNI electrónico o certificado electrónico.
En la Apartado Solicitudes de este portal, están disponibles los formularios y documentos electrónicos para poder cumplimentar y presentar las solicitudes.
- ¿Cuál es el plazo máximo de ejecución de un proyecto?
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Los proyectos pueden ser plurianuales habiéndose establecido como fecha límite para esta convocatoria el 31 de diciembre de 2024. O, en caso de solicitud justificada de prórroga de medio año más, no se extienda más allá del 30 de junio de 2025.
- ¿Qué documentos se deberán adjuntar con la solicitud en la Fase 1?
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Los documentos que acompañan la solicitud en la Fase 1 son:
- Declaración del importe de las inversiones anuales realizadas en los tres ejercicios anteriores al año de la convocatoria. Se entenderá por inversiones de cada ejercicio aquéllas realizadas por el solicitante en activos tangibles e intangibles desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del año en cuestión. Esta declaración deberá estar acorde con las cuentas anuales que ya estén depositadas en el Registro Mercantil.
- Relación de proyectos de similares o superiores características realizados en los últimos cinco años, aportando una breve descripción de los mismos, el importe, las fechas y el lugar de ejecución, así como declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y sobre las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del proyecto.
- La acreditación de que el solicitante reúne la condición de operador debidamente habilitado
- Resguardo de constitución de las garantías presentadas ante la Caja General de Depósitos, en su caso.
- La “Declaración de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)” y “Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR)”, conforme establece la Orden/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
- La declaración sobre infraestructura existente y, en su caso, la información asociada a la misma , que permita poner a disposición de todos los solicitantes la citada infraestructura existente.
- La acreditación válida del poder de representación del firmante de la misma.
Las declaraciones deberan firmadas electrónicamente, mediante Autofirma.
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¿Existen criterios de admision de la solicitud?
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Sí, para la admision de la solicitud se exige que:
- El solicitante acredita reunir la condición de operador debidamente habilitado.
- El solicitante acredita la solvencia técnica y económica necesaria para el desarrollo del proyecto.
- El solicitante aporta la declaración de infraestructura pasiva existente.
- El solicitante cumple con la Orden/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Aquellos que superen esta fase de pre-evaluación podrán presentar el proyecto para la zona de concurrencia seleccionada.
- El solicitante acredita reunir la condición de operador debidamente habilitado.
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¿Cómo accedo a la infraestructura pasiva que puede reutilizarse?
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Unicamente los solicitantes admitidos al proceso competitivo tendran acceso a la información de infraestructura pasiva desde el portal privado habilitado en este enlace.
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¿Que documentación se presenta con el proyecto?
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- Memoria técnica y económica conforme al Anexo I de la convocatoria.
- Mapas con el estudio de la cobertura ofrecida por el proyecto para la zona de concurrencia (formatos …..)
- Relación donde se especifica la ubicación de la infraestructura pasiva, kilómetros de carreteras y población cubiertas correspondientes a las zonas elegibles (formato csv)
- La acreditación del compromiso firmado por uno o varios operadores de comunicaciones electrónicas de explotar la infraestructura pasiva objeto de la ayuda durante al menos 7 años con inicio de puesta en servicio dentro de los doce meses siguientes a la fecha de finalización del proyecto.
Dicho compromiso se deberá presentar firmado electrónicamente, mediante Autofirma.
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¿Cuáles son los criterios utilizados en la valoración de las solicitudes?
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Los criterios de valoración son:
- Se valorará el porcentaje de cobertura de población estimada de las zonas elegibles con construcciones.
- Se valorará el porcentaje de cobertura geográfica de zonas elegibles con carreteras (tramos de carretera), en particular el número de Km cubiertos en base al recuento de los tramos de carretera elegibles totalmente cubiertos.
- Se valorará la calidad y concreción del proyecto, en cuanto a la solución técnica propuesta y el plan de ejecución del proyecto, con especial atención al detalle de los elementos del conjunto de la infraestructura pasiva, a su localización, a las actividades y recursos involucrados, con especial atención a la participación de mujeres en puestos directivos, a la identificación de las fases e hitos y a la identificación y gestión de los riesgos asociados (contingencias) y a la inclusión de medidas que contribuyan sustancialmente a uno o varios de los objetivos medioambientales considerados en el principio DNSH.
- Se valorarán los compromisos de creación neta de empleo en España, así como los compromisos de contratación de empresas (incluyendo pymes, micropymes, autónomos y startups) que generen empleo en España o en la Unión Europea.
- Se valorará el mayor número de zonas elegibles queden cubiertas con infraestructuras en las que se permitirá dar acceso a prestadores de servicios públicos de emergencias y protección frente a desastres de forma ilimitada en el tiempo e independientemente de posibles cambios de propietario de la infraestructura
- ¿Cómo se utiliza Autofirma en el procedimiento electrónico?
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Para realizar la firma electrónica de declaraciones responsables y otros documentos que deban adjuntarse a los formularios previstos para las distintas fases del procedimiento, posteriores a la presentación de la solicitud, se deberá utilizar Autofirma que se puede descargar en la sede electrónica del Ministerio en el apartado de utilidades.
El documento a aportar será el generado con extensión “.xsig”. El firmante del mismo deberá ser el solicitante de la ayuda.
Autofirma también podrá ser utilizada por terceros para la firma electrónica de los documentos que emitan a los beneficiarios y que vayan a formar parte del expediente, tales como informes de auditoría, ofertas de bienes y servicios, contratos y demás documentos que deban ser firmados por su emisor. El emisor del documento firmado hará llegar al beneficiario el documento generado con extensión .xsig. Para ello deberá seguir las pautas indicadas en el párrafo anterior.
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¿Dónde se puede obtener un certificado electrónico?
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En la siguiente dirección se indican los pasos para la obtención de un certificado electrónico.
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En caso de firma mancomunada, ¿cómo debe firmarse la solicitud?
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En caso de representación mancomunada, se deberá generar el pdf de la solicitud desde la aplicación, firmarlo electrónicamente por todos los representantes mediante Autofirma y adjuntar el archivo XSIG resultante. Para ello siga las pautas indicadas en la pregunta frecuente “¿Cómo se utiliza Autofirma en el procedimiento electrónico?”
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¿Existe alguna limitación en el tamaño de la memoria?
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La memoria técnica y económica asociada a cada proyecto tendrá el contenido mínimo que se recoge en el anexo I de la convocatoria de estas ayudas.
Tenga en cuenta que existe un límite de 5 MB por cada fichero que se envíe asociado a la solicitud/proyecto.
- ¿Qué modalidad de financiación existe en esta convocatoria?
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Las ayudas se otorgarán a través de una subvención financiado por el Fondo de Recuperación de la Unión Europea - NextGenerationEU.
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Una vez publicada la propuesta de resolución provisional de concesión de ayudas ¿Cuáles son los siguientes trámites?
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Los solicitantes que hayan sido propuestos como beneficiarios podrán, en el plazo de 5 días, realizar cuantas alegaciones consideren pertinentes.
Revisadas las alegaciones, se publicará la resolución definitiva, que deberá ser aceptada en un plazo de 5 días.
El documento de aceptación y las declaraciones responsables asociadas, deberán estar firmados electrónicamente por el solicitante o persona física que ostente representación bastante en el seno de la entidad beneficiaria a la que representa.
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¿Qué obligaciones de publicidad existen?
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La publicidad de las ayudas concedidas se llevará a cabo según lo dispuesto en el artículo 34 de las bases reguladoras. De modo que en las publicaciones, actividades de difusión, páginas Web y otros resultados a los que pueda dar lugar el proyecto deberá mencionarse al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y a la Unión Europea-NextGenerationEU como entidades financiadoras.
Además, se deberá incluir el logotipo oficial del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Reino de España, disponible en este enlace y el emblema de la Unión Europea acompañado del texto "Financiado por la Unión Europea -NextGenerationEU".
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Una vez otorgada la concesión de la ayuda, ¿se pueden realizar modificaciones del proyecto?
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Sí, cuando surjan circunstancias concretas que alteren las condiciones técnicas o económicas tenidas en cuenta para la concesión de la ayuda, se podrá solicitar la modificación de la resolución de concesión.
Tales modificaciones deberán justificarse adecuadamente y ser solicitadas a través del registro electrónico, al menos tres meses antes de que finalice el plazo de ejecución del proyecto y deberán ser aceptadas expresamente.
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¿Se deben constituir garantías para recibir las ayudas?
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Si, por el 100 por ciento del importe total de la ayuda concedida.
Las garantías se constituirán ante la Caja General de Depósitos, en cualquiera de las modalidades previstas en la normativa de la citada Caja (Real Decreto 937/2020, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Caja General de Depósitos) y con los requisitos establecidos para las mismas.
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¿Estas ayudas son compatibles con otros tipos de ayudas?
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Las ayudas no son compatibles con otras ayudas, ingresos o recursos que se otorguen para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones públicas o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de otros organismos internacionales.
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¿Cómo se realizan los trámites posteriores a la concesión de la ayuda?
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Cualquier trámite posterior a la concesión ha de realizarse a través del registro electrónico, localizando su expediente y utilizando el botón "Presentar Documentación". Con esto se accederá a una página en la que aparecerán todos los trámites posibles para el estado actual del expediente.
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¿Cuándo se procede al pago de la ayuda concedida?
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El pago de la totalidad de la ayuda se efectuará, con carácter anticipado, tras dictarse la resolución de concesión.