Solicitudes: Subsanación
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En las solicitudes presentadas cuya documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos en el artículo 11.2 del Real Decreto 1040/2021, se requerirá al interesado para que subsane la falta o entregue los documentos que deberían haberse aportado en la solicitud. Si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Los solicitantes pueden acceder a la comunicación del requerimiento de subsanación de su expediente a través de la registro electrónico.