Preguntas frecuentes

Fondo Europeo de desarrollo Regional

AVISO: Estas FAQs tienen un carácter informativo con el fin de facilitar el entendimiento de las principales condiciones de participación y no sustituyen a lo establecido en las Bases Reguladoras y a la convocatoria de ayudas. En caso de contradicciones entre este documento y aquellos, prevalecerá lo establecido en las Bases Reguladoras y la Convocatoria.

Preguntas frecuentes de: Aspectos técnicos del proyecto

¿A qué se refiere el término “tecnologías asociadas al Metaverso y Web 3"?

El término “Metaverso” hace referencia a un concepto en evolución cuyo contorno aún es en parte difuso. De la misma forma, las tecnologías asociadas a la Web 3 se encuentran en distintos grados de madurez. La Orden de Bases y la Convocatoria mencionan algunas tecnologías que se asocian a ambos términos y que sí tienen un grado de madurez e implantación como para poder desarrollar proyectos experimentales y de innovación. En este sentido, se hace referencia a tecnologías tales como:

  • Tecnologías asociadas al desarrollo de productos de Animación, Contenidos Audiovisuales, Inmersividad a través de Realidad Virtual, Aumentada y Mixta, Mundos Virtuales y Videojuegos
  • Gemelos Digitales
  • Inteligencia Artificial
  •  Blockchain
  • WebGL/Web3D/WebXR
  • Motores de videojuegos
  • Representación digital de humanos (generación de avatares, digital humans, etc) y tecnologías de gestión y diseño de espacios virtuales
¿Qué se entiende por pyme, pequeña empresa y microempresa?

Conforme al Anexo I del Reglamento 651/2014, han de tenerse en cuenta las siguientes definiciones:

  • Pyme: empresas que ocupan a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocios anual no excede de 50 millones EUR o cuyo balance general anual no excede de 43 millones EUR.
  • En la categoría de las pymes, se define pequeña empresa como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones EUR.
  • En la categoría de las pymes, se define microempresa como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones EUR.
¿Cuál es el objeto de las ayudas?

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de proyectos en los siguientes programas:

  1. Proyectos de desarrollo experimental en el marco de las tecnologías asociadas al Metaverso y la Web 3.
  2. Proyectos de innovación de procesos mediante el uso de las tecnologías asociadas al Metaverso y la Web 3.  
¿Qué se entiende por proyectos de desarrollo experimental?

Son proyectos que comprenden el desarrollo experimental e innovación de procesos asociados a los contenidos digitales, así como la generación de estos contenidos, en la medida en que sean necesarios para el objeto demostrador del desarrollo experimental que se realiza.

Los proyectos de desarrollo experimental podrán incluir la creación de prototipos, la demostración, la elaboración de proyectos piloto, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.

Los prototipos, resultado de los proyectos objeto de las ayudas, no podrán utilizarse comercialmente, salvo que necesariamente constituyan el producto comercial final y su fabricación resulte demasiado onerosa para su uso exclusivo con fines de demostración y validación.

Los proyectos de demostración tecnológica deben contemplar actividades de desarrollo y mejora funcional. No se considerarán proyectos meramente integradores de tecnologías de terceros.

¿Qué se entiende por proyectos de innovación de procesos?

Comprende la «innovación en materia de procesos»: la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).

No se incluyen los cambios o mejoras de importancia menor, los aumentos de las capacidades de producción o servicio mediante la introducción de sistemas de fabricación o logística muy similares a los ya utilizados, el abandono de un proceso, la mera sustitución o ampliación de capital, los cambios exclusivamente derivados de variaciones del precio de los factores, la producción personalizada, la adaptación a los usos locales, los cambios periódicos de carácter estacional u otros cambios cíclicos y la comercialización de productos nuevos o significativamente mejorados.

¿Qué finalidades deben seguir los proyectos?

Los proyectos tendrán, al menos, una de las siguientes finalidades:

  1. Prototipado o procesos innovadores de nuevas herramientas de producción audiovisual y de contenidos digitales.
  2. Prototipos o procesos innovadores que hagan uso de las tecnologías asociadas al Metaverso y Web 3 para la transformación social y la integración de colectivos desfavorecidos, especialmente en lo referente a la brecha de género.
  3. Creación de nuevos espacios de trabajo y colaboración virtuales.
  4. Prototipos o procesos innovadores que implementen las tecnologías asociadas al Metaverso en entornos culturales, sanitarios o educativos.
¿En qué consiste la ayuda?

Se trata de ayudas de carácter dinerario para financiar los gastos del proyecto en los que incurra el beneficiario. Los gastos subvencionables se regulan en el artículo 14 de la Orden de Bases y en el Artículo 6 y Anexo 2 de la Convocatoria.

¿Son compatibles estas ayudas con otras?

Según indica el artículo 13 de la Orden de Bases estas ayudas son compatibles con cualesquiera otras procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales siempre y cuando de conformidad con el artículo 8 del Reglamento (UE) nº 651/2014, las ayudas se refieran a costes subvencionables diferentes. Se considera que serán costes subvencionables diferentes aquellos que en el mismo periodo de tiempo no tengan la misma finalidad.

En todo caso, se establece un deber de comunicación de la obtención de otras ayudas tan pronto se tenga conocimiento.

Si tengo dudas sobre el funcionamiento de la sede electrónica, ¿dónde puedo acudir?

Para cualquier duda se dispone de una dirección  de correo electrónico que también está presente en el Portal de ayudas portales@digital.gob.es.