Spain Film Commission: Modificaciones

La entidad beneficiaria podrá solicitar, de forma excepcional, la modificación de la resolución de concesión de la subvención cuando aparezcan circunstancias sobrevenidas que alteren las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de conformidad con lo regulado en el artículo 16 del Real Decreto 974/2025, de 29 de octubre, por el que se regula la concesión directa de una subvención a Spain Film Commission. 

La solicitud de modificación de la resolución de concesión deberá ir acompañada de la siguiente documentación: 

  • Memoria justificativa de la modificación
  • Descripción del nuevo plan de actuaciones

Cabe señalar que no se podrá alterar la concreción del objeto y finalidad de la subvención, ni aquellas obligaciones relevantes a que se compromete la entidad beneficiaria, a tenor de lo dispuesto en el artículo 61 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

La presentación de la documentación se realizará mediante el trámite disponible al efecto en la Sede Electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública. 

Si la solicitud la realiza una persona distinta al representante legal del beneficiario, se deberán adjuntar los poderes de representación del firmante.