Solicitudes: Subsanación
En las solicitudes presentadas cuya documentación aportada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que subsane la falta o entregue los documentos que deberían haberse aportado en la solicitud en el plazo de 5 días hábiles a contar desde su publicación. Si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud.
Los solicitantes pueden acceder a la comunicación del requerimiento de subsanación de su expediente a través del Registro electrónico.
Instrucciones para realizar la subsanación de la solicitud
Puede realizar el envío de documentación accediendo a su expediente en el Registro electrónico y utilizando el botón "Enviar documentación", que le permitirá acceder al trámite genérico de entrada "Envío de documentación", donde a través de la opción del formulario "Otros documentos" podrá anexar la documentación requerida.