Descripción general: Modalidades de participación
Convocatoria 1/2016
Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Los proyectos podrán contar con las subcontrataciones a las que se refiere el artículo 9 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, con las condiciones allí establecidas. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.7.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
Convocatoria 2/2016
Los proyectos deberán realizarse en la modalidad individual, con las condiciones señaladas en la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
Los proyectos podrán contar con las subcontrataciones a las que se refiere el artículo 9 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, con las condiciones allí establecidas. No obstante, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 29.7.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en ningún caso podrá concertarse por el beneficiario la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con personas o entidades que hayan percibido otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de contratación.
Las subcontrataciones deberán ser autorizadas previamente y serán elegibles cuando se cumpla con lo establecido en el artículo 9 de la orden reguladora de las bases y el subcontratista cumpla con los mismos requisitos que se exigen para ser beneficiario de la ayuda.